Hará más de dos años que el presidente del Tribunal Supremo, Carlos Lesmes, pronunció aquella frase de que la justicia española está “pensada para el robagallinas, no para el gran defraudador”.

Venía a referirse a lo inadecuado de nuestro sistema procesal para juzgar determinados procesos que no son tan inmediatos como un robo, un asesinato o similares, sino que son de difícil atribución física, por cuanto están relacionados con la corrupción política o administrativa, las irregularidades económicas, contables o financieras, o procesos contractuales varios.

Lamentablemente, y a pesar de algunos cambios legislativos recientes en nuestras leyes procesales, los ciudadanos seguimos teniendo la sensación de que hay determinados procesos que se eternizan en el tiempo.

Así, vemos desfilar por el banquillo a los responsables, en ocasiones identificados como persona física, pero no siempre, pues a veces son corporaciones, entidades o partícipes a título lucrativo; y los vemos unas veces imputados, otras investigados, otras acusados, y muy tarde condenados.

Aprendemos de procesos que se inician en un juzgado de primera instancia, pasan por audiencias provinciales, Tribunales Superiores de Justicia, Tribunal Supremo, y hasta Tribunal Europeo de justicia, en un proceso de recursos, contra-recursos, apelaciones, casaciones y súplicas, sin duda necesarias para la garantía del acusado, que al ciudadano se le antoja insoportable, pues mientras tanto, los responsables siguen ahí, y la reparación no llega.

Millones de ciudadanos se preguntarán, después de haber empezado a luchar en 2009, tras las sentencias de múltiples instancias, y publicada hoy la sentencia del Supremo… si todavía les quedará una instancia más a los bancos, para no devolverles lo indebidamente cobrado por las cláusulas suelo.